miércoles, 31 de octubre de 2012

MAPA DE DERECHO INFORMÄTICO


Crear su propio mapa mental a MindMeister


viernes, 5 de octubre de 2012

La presente informacion esta claramente detallada y precisada para el mejor entendimiento de la persona interesada en temas de contratos electronicos y contratos informaticos, dicha informacion ah sido recopilada con el fin de que sea interesante y atractiva para el lector, gracias por sus visitas.




 Revista juridica acerca de los puntos claves de los contratos electronicos e informaticos.


Delitos informático

Concepto:
Los actos dirigidos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los sistemas informáticos, redes y datos informáticos, así como el abuso de dichos sistemas, redes y datos.

Características principales:
· Son delitos difíciles de demostrar ya que, en muchos casos, es complicado encontrar las pruebas.
· Son actos que pueden llevarse a cabo de forma rápida y sencilla. En ocasiones estos delitos pueden cometerse en cuestión de segundos, utilizando sólo un equipo informático y sin estar presente físicamente en el lugar de los hechos.
· Los delitos informáticos tienden a proliferar y evolucionar, lo que complica aún más la identificación y persecución de los mismos.

Delitos informáticos ¿cuáles son? ¿Cómo denunciarlos?

Con el término delito informático aglutinamos los hechos que, basándose en técnicas o mecanismos informáticos, pudieren ser tipificados como delito en el Código Penal, tales como: delito de estafa, delito contra la propiedad intelectual e industrial, etc. Debido a los avances tecnológicos y a los nuevos mecanismos para delinquir se ha hecho necesario introducir y modificar determinados artículos que permitan aglutinar éstos.
A través de este artículo se va a dar respuesta a estas y otras preguntas.
Las estafas con anterioridad al vigente Código Penal de 1995.
Con anterioridad a la redacción del actual Código Penal de 1995, el delito de estafa se encontraba, según el texto legal de 1975, recogido en el artículo 528 y 529 bajo la siguiente redacción “.
Art. 528. El que defraudare a otro en la sustancia, cantidad o calidad de las cosas que le entregare en virtud de un delito obligatorio será castigado.
Art. 529. El que defraudare a otro usando nombre fingido, atribuyéndose poder, influencia o cualidades supuestas, aparentando bienes, crédito saldo en cuenta corriente, comisión, empresa o negociaciones imaginarias o valiéndose de cualquier otro engaño semejante. Cometen estafa los que con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndole a realizar un acto a disposición en perjuicio propio o ajeno. También se consideran reos de estafa los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación.

Tipos de delitos informáticos recogidos en el Código Penal:

·          Los delitos de exhibicionismo y provocación sexual.
·         Los delitos relativos a la prostitución y corrupción de menores.
·          Delitos contra la intimidad.
·          Delitos contra el honor.
Fraudes cometidos 
mediante manipulación de computadoras
Estos pueden suceder al interior de Instituciones Bancarias o cualquier empresa en su nómina, ya que la gente de sistemas puede accesar a tos tipo de registros y programas.
La manipulación de programas
Mediante el uso de programas auxiliares que permitan estar manejando los distintos programas que se tiene en los departamentos de cualquier organización.
Manipulación de los datos de salida
Cuando se alteran los datos que salieron como resultado de la ejecución de una operación establecida en un equipo de computo.
Fraude efectuado por manipulación informática 
Accesando a los programas establecidos en un sistema de información, y manipulando para obtener una ganancia monetaria.
 Falsificaciones Informáticas
Manipulando información arrojada por una operación de consulta en una base de datos.
Sabotaje informático
Cuando se establece una operación tanto de programas de cómputo, como un suministro de electricidad o cortar líneas telefónicas intencionalmente.
Virus
Programas contenidos en programas que afectan directamente a la maquina que se infecta y causa daños muy graves.
Gusanos
Se fabrica de forma análoga al virus con miras a infiltrarlo en programas legítimos de procesamiento de datos o para modificar o destruir los datos, pero es diferente del virus porque no puede regenerarse. 
 Bomba lógica o cronológica
Su funcionamiento es muy simple, es una especie de virus que se programa para que explote en un día determinado
Causando daños al equipo de cómputo afectado.
Piratas Informáticos
Hackers y Crackers dispuestos a conseguir todo lo que se les o fresca en la red, tienen gran conocimiento de las técnicas de computó y pueden causar graves daños a las empresas.
Acceso no autorizado a Sistemas o Servicios
Penetrar indiscriminadamente en todo lugar sin tener acceso a ese sitio.
Reproducción no autorizada de programas informáticos de protección Legal
Es la copia indiscriminada de programas con licencias de uso para copias de una sola persona, se le conoce también como piratería.

Los 5 delitos informáticos más frecuentes según la PGJDF
Leo en el periódico El Universal esta nota: Los 5 ciberdelitos más comunes en el Distrito Federal, donde destacan los siguientes delitos informáticos:

1.    Comercialización y difusión de pornografía infantil.
2.    Fraudes electrónicos y “Phishing”.
3.    Extorsión por e-mail.
4.    robo de identidad.
5.    subir material a YouTube, sin autorización.



                                                               
                                                             

 Bibliografía

http://cofradia.org/2011/01/10/los-5-delitos-informaticos-mas-frecuentes-segun-la-pgjdf



                                               

gobierno electronico en mexico
 
 gobierno digital.pdf
En el uso de las tecnologías de la información y el conocimiento en los procesos internos de gobierno en la entrega de los productos y servicios del Estado tanto a los ciudadanos como a la industria. en esto consiste el gobierno electrónico.

jueves, 4 de octubre de 2012

Concepto y característica del Derecho Informático

Concepto de derecho informático




Conceptualizar por el variado número de peculiaridades y muy a pesar de los opuestos puntos de vista que pudiera provocar, podemos decir que el Derecho Informático es una rama de las ciencias jurídicas que contempla a la informática como (informática jurídica) y como objeto de estudio (derecho de la informática).


En función de lo anterior, es notorio que la clasificación de dicho Derecho Informático obedecerá a dos vertientes fundamentales: la informática jurídica y el derecho de la informática.



Pues también se han buscado una serie de términos para el Derecho Informático como Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet, etc.



Conclusión es; un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y la informática, a la vez se considera que el Derecho Informático es un punto de inflexión del Derecho, puesto que todas las áreas del derecho se han visto afectadas por la aparición de la denominada Sociedad de la Información, cambiando de este modo los procesos sociales y, por tanto, los procesos políticos y jurídicos.















Bibliografía

Valdéz, J. T. (2009). conceptos y antedecentes del derecho informático. En J. T. Valdéz, Derecho informático (pág. pag.78). México: Mc Graw Hill.





Características del Derecho Informática


El Derecho Informático, como ya vimos, está constituido por un conjunto de normas y principios, destinados a la regulación de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones. De esta manera, para la doctrina, este Derecho reúne tres características esenciales, que son claramente explicados por Edgar Salazar Cano, de la siguiente forma:



1) No se encuentra sectorizado o ubicado en una sola actividad, sino que es amplio y general, debido a que la informática se aplica en numerosos sectores de la actividad socioeconómica;



2) Su unidad viene dada por la originalidad técnica, impuesta por el fenómeno informático;



3) Es un derecho complejo, porque los aspectos técnicos de la informática, en su interrelación con el Derecho, recaen sobre diversas ramas o especialidades jurídicas.



Así, el carácter interdisciplinario que caracteriza al Derecho Informático ha producido un amplio debate, entre los autores que lo entienden, como un conjunto de normas dispersas de varias disciplinas jurídicas, y aquellos que lo consideran como un sistema unitario de normas, destinadas a regular un objeto determinado, con una metodología propia y como una rama del Derecho autónoma.



Creemos que el carácter interdisciplinario del Derecho Informático, no le quita su característica de ser una rama del Derecho distinta y con autonomía de otras. En nada obsta a esta consideración, la circunstancia de que utilice contenidos proporcionados por las otras ramas del Derecho, debido a que lo concluyente en este tema, es su capacidad para sistematizar y unificar la multiplicidad de elementos relacionados con el fenómeno informático, y de esta forma, constituirse en un sistema orgánico y unitario.



Indiscutiblemente, puede resultar difícil apreciar tal autonomía en países con un discreto desarrollo tecnológico, pero, sin duda, en aquellos más industrializados, la informática penetró de tal manera en la vida social, que influyó en forma decisiva en el desarrollo socioeconómico de dichos pueblos. Creemos que "el desarrollo tecnológico es determinante para el surgimiento de esta nueva rama en una sociedad, ya que en la medida en que se vaya incorporando en las labores de las personas, en el trabajo, en la forma de comunicarse, el manejo de la información a través de los sistemas informáticos, hará surgir la necesidad, en ese grupo social, de regulación de las conductas nuevas, formándose una nueva rama autónoma"



lo anterior, debemos agregar que, el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones, es fuente material del Derecho, es decir, aquel factor que directa o indirectamente concurre a la génesis del Derecho.



De esta manera, el uso de esta tecnología va generando conductas nuevas, que son asumidas y luego, reguladas por el ordenamiento jurídico. Finalmente, esa necesidad social se expresa en una ley, pasando a constituir una fuente formal del Derecho, esto es, aquella forma o cauce en que el Derecho Positivo está contenido y se manifiesta en la vida social


documento para retroalimentar.
http://www.slideserve.com/bona/importancia-del-derecho-inform-tico






Referencia
Cano, E. S. (1999). caracteristica del derecho informático. España: Jurídicas.

Gallo, J. I. (2002). Introducción al derecho. Chile: Jurídica.

Valdéz, J. T. (2009). conceptos y antedecentes del derecho informático. En J. T. Valdéz, Derecho informático (pág. pag.78). México: Mc Graw Hill.